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¿Cómo reclamar y cerrar una cuenta en Klimb si el titular ha fallecido?

Para la cancelación de cuentas, retiro de fondos disponibles y seguimiento a la cartera de inversiones y la entrega a favor de los herederos se deberán adjuntar en físico los siguientes documentos:

✅ Carta dirigida a Facturedo PE SAC con firmas legalizadas de todos los herederos, solicitando expresamente: la cancelación de las cuentas del titular y liberación de fondos disponibles que se encuentran actualmente en la cuenta del titular del fallecido autorizando su distribución conforme al Código Civil y liberando de responsabilidad y renunciando a iniciar acciones administrativas, civiles y penales contra Klimb por esta repartición de fondos disponibles. 

En el supuesto que el titular fallecido mantuviera inversiones en curso deberán adjuntar Carta dirigida a Facturedo PE SAC con firmas legalizadas de todos los herederos solicitando nombrar a un único Apoderado para el manejo y traslado de la cuenta a fin de que puedan hacer seguimiento a las inversiones en curso. La cuenta se mantendrá activa hasta que las inversiones en curso se logren cobrar o en su defecto se declaren en pérdida luego de un proceso judicial infructuoso. 

Es obligatorio que los deudos indiquen los siguientes datos: nombres y apellidos completos, número de documento de identidad, correo electrónico, número de teléfono y dirección.

En los casos que las cuentas a cancelar sean mancomunadas ¨ó¨,“y/o”, “y”, deberá intervenir en la carta presentando su consentimiento el co-titular de la cuenta, también podrá presentarlo en documento aparte con firma legalizada.

✅ Acta de defunción en original o copia.

✅ Copia legalizada de protocolización notarial de Declaratoria de Herederos, si es Sucesión Intestada, o copia legalizada de la escritura pública si es testamento, o copia certificada por el Poder Judicial de la sentencia y la resolución que la declara consentida si fuese en la vía judicial.

✅ Copia Literal original completa de la partida registral de la declaratoria de herederos, con una antigüedad no mayor a 15 días de emitida por Registros Públicos (SUNARP).

✅ Fotocopias de los DNI de los solicitantes y en caso de ser alguno menor de edad la partida de nacimiento y DNI.

✅ Original del recibo de pago por comisión de estudio de títulos para cancelar cuentas de clientes fallecidos. (PEN 100 + IGV)

En el supuesto de que exista heredero menor de edad, existen dos opciones (presentar una de ellas dependiendo su caso):

✅ Copia certificada por el Poder Judicial de la Resolución de División y Partición y de la Resolución que la declare consentida.

✅ Copia certificada por el Poder Judicial de la Resolución Judicial que autoriza a disponer los fondos del menor, y de la Resolución que la declare consentida, para los casos que se requiera disponer de los fondos que le corresponda al menor.

En el caso que uno de los herederos declarados también se encuentre fallecido:

✅ Presentar la copia literal original de la inscripción de la declaratoria de herederos con una antigüedad no mayor de 15 días de emitido por Registros Públicos (SUNARP).

En el supuesto, que uno de los solicitantes actúe mediante poder:

✅ Presentar Copia Literal original y completa de la partida registral o vigente de poder no mayor a 15 días de emitida por Registros Públicos (SUNARP).

En el caso, que el fallecido era casado con separación de bienes:

✅ Copia literal en original de la separación de patrimonios si la hubiese; con antigüedad no mayor de 15 días de emitido por Registros Públicos (SUNARP).

IMPORTANTE: Presentar los documentos originales en Av. República de Panamá 3505, Oficina 1001, San Isidro previa cita programada debido a la coyuntura actual.

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