¿Conoces la diferencia entre persona natural y jurídica?

¿Estás a punto de registrarte como persona natural o jurídica? Conoce cuáles son las características y diferencias que existen entre estas figuras, así como los derechos y obligaciones que te correspondería cumplir.

¿Qué es una Persona Natural?

Se trata de una persona que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Es decir, se trata de aquella persona con sus propios derechos y obligaciones, ya sean civiles, penales, o fiscales; los cuales se deben cumplir a nombre propio. Las personas naturales se pueden clasificar en dos grandes grupos:

 

  • Persona Natural con negocio: Tiene la capacidad de construir un negocio y cuenta con el mismo. Debe asumir todas obligaciones que esto conlleva, es decir, adjudicarse la responsabilidad y garantizar con su patrimonio y bienes, el pago de las deudas u obligaciones que la empresa adquiera en un futuro.
  • Persona Natural sin negocio: Tiene la posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones e incluso construir un negocio, sin embargo, no cuenta con el mismo. La persona debe comprometerse a asumir el cumplimiento de sus responsabilidades con su patrimonio propio o bienes presentes/futuros.

 

¿Cuándo registrarse como Persona Natural?

  • En caso de que estés listo para ejercer cualquier actividad económica.
  • Si tienes pensado comenzar un negocio pequeño (juguerías, peluquerías, zapaterías, bazares, entre otros).
  • En caso de que realices actividades que están comprendidas en el Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado).
  • Si tienes negocios en donde tus clientes van a ser principalmente personas.
  • Cuando quieres hacer negocios en los que tu exposición al riesgo ante posibles deudas u obligaciones con terceros sea considerable, tomando en cuenta tu patrimonio.

Para convertirte en una Persona Natural, tienes que hacer un Registro Único de Contribuyentes (RUC) en alguna de las sucursales de la SUNAT. Para más información puedes consultar el siguiente enlace: https://www.gob.pe/284-inscripcion-a-ruc-persona-natural

 

¿Qué es una Persona Jurídica?

Se trata de una entidad conformada por una o más personas que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de una empresa. Actúa como una entidad (empresa) con sus propios derechos y obligaciones, además de suscribir contratos y ser representada judicial y extrajudicialmente por sus representantes legales.

En este caso, es la empresa, más no la persona, quien asume todas las deudas y obligaciones que se puedan contraer, las cuales están garantizadas y se limitan a los bienes que estén registrados a su nombre, sin tomar en cuenta el patrimonio personal de los individuos.

 

¿Cuándo registrarse como Persona Jurídica?

  • Si quieres tener mayor reputación en el mercado y clientes (empresas) más grandes o importantes.
  • Cuando necesitas acceder a créditos o préstamos en bancos y entidades financieras en mejores condiciones.
  • Si quieres asegurarte de que si algo sale mal en la empresa,no se afecten tus bienes personales.
  • Cuando necesitas que ingresen inversionistas o más socios que contribuyan con tu empresa.
  • Si planeas vender tu negocio o disolverlo después de un tiempo.

 

Para convertirte en una Persona Jurídica, tienes que registrar o constituir tu empresa en: https://www.gob.pe/269-registro-o-constitucion-de-empresa

 

¿Cuál es la principal diferencia entre persona natural y persona jurídica?

La principal diferencia entre una Persona Natural y una Persona Jurídica son las obligaciones que cada una tiene. La primera, tiene obligaciones ilimitadas y puede perder todo su patrimonio personal al actual a título personal, mientras que la Jurídica, limita las deudas acorde al patrimonio inscrito a nombre de la empresa.

¿Cómo identificar si una entidad ya está registrada como persona natural o persona jurídica?

El RUC es el padrón que contiene los datos de identificación de las actividades económicas y demás información relevante de los sujetos inscritos. En este registro podrás encontrar cualquier entidad constituida. Si el RUC comienza con “10”, se trata de una persona natural, y si el RUC comienza con “20”, se trata de una persona jurídica.

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